viernes, 2 de febrero de 2007

Ciudadanía: descendientes de españoles

Los nietos de los emigrantes españoles
podrán obtener la nacionalidad española


La Directora General de Ordenación Normativa e Informes de la Dirección General de Emigración, Rosa Isabel Rodríguez Varona, ha informado, con ocasión de su participación en las “Jornadas Sobre Emigración y Retorno. Un Derecho Constitucional”, celebradas en Gijón los días 1 y 2 de febrero de 2007, que los nietos de ciudadanos españoles podrán obtener la nacionalidad española que durante largo tiempo se ha estado reclamando para ellos.

Según ha indicado, el Ministerio de Justicia dispone de un plazo de seis meses para proceder a la reforma del Código Civil que posibilitará el acceso a la nacionalidad española de los hijos de españoles que así lo soliciten, aunque sus padres no hayan nacido en España, de tal forma que, de ser así, se reconocería la nacionalidad española a los nietos de los emigrantes españoles. Algo que ya ocurría con los descendientes de ciudadanos de otros países europeos.

Esta nueva situación legal se deriva de la entrada en vigor del nuevo Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, aprobado por el Congreso en noviembre de 2006, y facilitará la llegada a España como “emigrantes retornados” para los descendientes de nuestros abuelos, y no en las condiciones de “inmigrantes con preferencia” como hasta ahora se tenía que hacer.

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